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Pena natural: en qué consiste la figura que permite “aliviar” condenas Pena natural: en qué consiste la figura que permite “aliviar” condenas

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Pena natural: en qué consiste la figura que permite “aliviar” condenas

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Audionota: Danilo Belloni

La figura de la pena natural es un concepto relevante en el ámbito del Derecho, que se aplica cuando una persona, al cometer un delito, experimenta un daño personal que puede ser igual o superior a la sanción que un juez le impone según el Código Penal.

Este caso se ha vuelto muy conocido en nuestra región, y gira en torno al conductor Fernando Oscar Garmendia, quien estuvo involucrado en un trágico accidente vehicular en la madrugada del 28 de enero de 2021 en el kilómetro 620 de la ruta 3, en Coronel Rosales, donde falleció su amiga Gisela Cruz.

Garmendia, oriundo de Tandil, viajaba con otras tres personas con el propósito de participar en una excursión hacia Chos Malal, en Neuquén. A raíz del accidente, fue condenado por homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de su vehículo.

El juez Gabriel Giuliani le impuso una pena de 2 años y 8 meses de prisión condicional, además de inhabilitación por 7 años y medio para conducir.

Sin embargo, el abogado de Garmendia, Luciano Tumini, apeló la decisión y argumentó que las condiciones del transporte de pasajeros no deberían considerarse como agravantes. Señaló que todos viajaban dentro del límite permitido y que la dinámica del accidente no justificaba la carga adicional de responsabilidad.

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La defensa además solicitó que se tuvieran en cuenta las circunstancias atenuantes como el informe socioambiental y el sufrimiento de Garmendia por la pérdida de su amiga, con quien mantenía una relación cercana. Este dolor psicológico fue considerado relevante en la valoración de su situación.

“Se presentan déficits”

Los camaristas atendieron parcialmente la apelación, considerando que existían “déficits en la evaluación de circunstancias” tanto atenuantes como agravantes que influyeron en la sentencia original.

En este sentido, la Cámara determinó que no había justificación para considerar agravante el transporte de múltiples pasajeros, ya que se cumplía con la capacidad del vehículo y se habían tomado precauciones necesarias durante el viaje.

Finalmente, aceptaron la figura de “pena natural” y redujeron la pena a 2 años y 3 meses de prisión en suspenso, además de 6 años y 6 meses de inhabilitación para conducir.

Relación que hoy persiste

Vínculo. La relación de amistad entre Garmendia y Cruz, de 15 años, fue tenida en cuenta por la justicia, resaltando la continuidad de sus lazos familiares.

Sufrimiento. El sufrimiento derivado de la muerte de una persona tan cercana fue considerado como un elemento que justifica una atenuación en la pena impuesta.

Fuente: lanueva.com

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